Delegación de poderes
La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 208 que precisen los pormenores de los procedimientos que rigen la caducidad y nulidad de una marca de la Unión contemplados en los artículos 63 y 64, así como la cesión de una marca de la Unión registrada a nombre de un agente mencionado en el artículo 21.